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Campaña IVTM

Recuerda que tienes hasta el 5 de mayo para pagar el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica y otros tributos municipales.

Edicto Cobranza SUMA Segunda Voluntaria 2016

                                                                                                    EDICTO

 

EDICTO-COBRANZA-SUMA-SEGUNDA-VOLUNTARIA-2016MANUEL IVÁN ROS RODES ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALGORFA

HACE SABER

 

Se pone en conocimiento de los contribuyentes y demás interesados que, a partir del próximo 25 de julio y hasta el 3 de octubre de 2016, ambos inclusive, tendrá lugar la cobranza voluntaria de los siguientes tributos:

 

♦    Impuestos sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica

♦    Impuestos sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana

♦    Impuesto sobre actividades económicas

♦    Recogida de residuos sólidos urbanos 2º semestre 2016

 

 

El pago de recibos podrá realizarse:

 

POR INTERNET en www.suma.es

 

CON TARJETA: Sin certificado digital      

OFICINA VIRTUAL (Con Certificado Digital)

 

Pago por Banca Electrónica mediante: Sabadell – BBVAnet – “La Caixa”

Pago con tarjeta

Pago por cargo en cuenta: BBVA, La Caixa, Sabadell, Banco Mare Nostrum, Bankia, Santander, Banco Popular, CAJAMAR CajaRural.

 

PRESENCIAL: EN LAS OFICINAS DE SUMA GESTIÓN TRIBUTARIA CON TARJETA

POR DOMICILIACIÓN

 

Los recibos domiciliados con efecto en este periodo voluntario, se cargarán el 12 de septiembre de 2016, en la cuenta de la entidad financiera indicada en la orden de domiciliación.

 

Los datos relativos a las domiciliaciones podrán consultarse en cualquier oficina de Suma, o en el teléfono de atención al contribuyente 965 292 000. Asimismo se detallarán en el aviso de recibos domiciliados, que se remitirán por correo postal al domicilio del contribuyente titular de la domiciliación.

 

En caso de no recepción en el domicilio del contribuyente, del documento de cobro o extravío del mismo, los contribuyentes podrán obtener un DUPLICADO del siguiente modo:

 

  • En cualquiera de las Oficinas de Suma Gestión Tributaria durante todo el periodo de cobranza.
  • En su municipio el día señalado en el itinerario. 19 de septiembre, de 10,00 a 13,30 horas.
  • En www.suma.es Por teléfono en el 965 292 000

 

POR TELÉFONO 965 292 000:  De 8 a 21 horas de lunes a viernes

De 10 a 14 horas los sábados

 

La no recepción del documento de cobro por el contribuyente no eximirá a éste de la obligación del pago debiendo interesar la obtención del duplicado mencionado en el párrafo anterior.

 

El horario de atención al contribuyente en las Oficinas Tributarias será de 8.30 a 14.00 horas. En el teléfono de atención al contribuyente 965 292 000, de 8.00 a 21.00 horas de lunes a viernes y de 10.00 a 14.00 horas los sábados.

 

Se recuerda la conveniencia de hacer uso de la modalidad de domiciliación de pago para los recibos a través de Entidades Financieras para los próximos periodos, con arreglo a las normas señaladas en el artículo 38 del Reglamento General de Recaudación. En este caso, se avisará del cargo en cuenta con un plazo de cuatro semanas de antelación..

 

A partir del día 4 de octubre, inclusive, todos los recibos pendientes de pago incurrirán en los recargos del periodo ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley 58/2003, General Tributaria, devengando intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

 

EN ENTIDADES COLABORADORAS

 

En cualquiera de las Sucursales de las entidades bancarias colaboradoras

 

  • CAIXA PETRER
  • BANKIA                                                                               ●   CAJA RURAL CENTRAL
  • BANCO POPULAR                                                ●   CAJAMAR Caja Rural
  • BANCO SABADELL                                                 ●   “LA CAIXA”
  • BANCO SANTANDER                                                ●   BBVA
  • BANCO MARE NOSTRUM ●   CAIXA ONTINYENT
  • CAIXALTEA
  • CAIXA CALLOSA

 

EN CAJEROS AUTOMÁTICOS                    EN SU BANCA ELECTRÓNICA                    CON TARJETA: Imprescindible facilitar el localizador del recibo

 

  • Sabadell                                                          ●   www.bancsabadell.com
  • Bankia                                                ●   www.bankia.es
  • Santander                    ●   www.bancosantander.es
  • La Caixa
  • BBVA ●   www.bbva.es
  • Caixa Ontinyent ●   www.lacaixa.es
  • www.bancopopular.es
  • www.bmn.es
  •   www.ruralvia.com
  • www.grupooperativocajamar.es
  • www.cajamar.es
  • www.ruralcentral.es

 

 

ALGORFA, 25 de julio de 2016

EL ALCALDE

 

Fdo. Manuel Iván Ros Rodes

Edicto Cobranza 2016

edictoA partir de hoy 14 de marzo y hasta el próximo 3 de junio de 2016, tendrá lugar la cobranza voluntaria correspondiente al ejercicio 2016 para los siguientes tributos:
– Impuestos sobre vehículos de Tracción Mecánica
– Exacciones municipales: vados

El pago podrá realizarse por:

  • INTERNET: www.suma.es
  • CON TARJETA: sin certificado digital
  • OFICINA VIRTUAL: con certificado digital

Pago por Banca Electrónica mediante: Sabadell-BBVAnet-“La Caixa”

Pago con tarjeta

Pago por cargo en cuenta: BBVA, La Caixa, Sabadell, Banco Mare Nostrum, Bankia, Santander, Banco Popular, CAJAMAR CajaRural

  • POR DOMICILIACIÓN

Los recibos domiciliados con efecto en este periodo voluntario, se cargarán el 10 de mayo de 2016, en la cuenta de la entidad financiera indicada en la orden de domiciliación.

Los datos relativos a las domiciliaciones podrán consultarse en cualquier oficina de Suma, o en el teléfono de atención al contribuyente 965 292 000, de 8.00 a 21.00 horas de lunes a viernes y de 10.00 a 14.00 horas los sábados.

Se recuerda la conveniencia de hacer uso de la modalidad de domiciliación de pago para los recibos a través de Entidades Financieras para los próximos periodos, con arreglo a las normas señaladas en el artículo 38 del Reglamento General  de Recaudación. En este caso, se avisará del cargo en cuenta con un plazo de cuatro semanas de antelación.

A partir del día 4 de junio, inclusive, todos los recibos pendientes de pago incurrirán en los recargos del periodo ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley 58/2003, General Tributaria, devengando intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.